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Convocatorias de ayudas y subvenciones

Convocatoria «Impulsem Turisme» de subvenciones del Centro de Turismo de la Diputació de València 2023

Bases convocatoria Impulsem Turisme 2023

Memorias Autobaremables:
Memoria Autobaremable: 1.1. Convocatoria de subvenciones a municipios que no tengan reconocida la condición de municipio turístico para proyectos turísticos y acciones de promoción turística.
Memoria Autobaremable:1.2 Convocatoria de subvenciones a entidades locales menores, para proyectos turísticos y acciones de promoción turística.
Memoria Autobaremable: 1.3. Convocatoria de subvenciones a municipios de menos de 30.000 habitantes para inversión en infraestructuras y equipamientos de recursos turísticos.
Memoria Autobaremable:1.4 Convocatoria  de subvenciones a mancomunidades para proyectos turísticos y acciones de promoción turística.
Memoria Autobaremable: 2.1. Convocatoria de subvenciones a asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro para proyectos turísticos y acciones de promoción turística.
Memoria Autobaremable: 2.2 Convocatoria de subvenciones a organizaciones representativas de las empresas del sector turístico de la provincia de Valencia en los ámbitos del alojamiento, restauración, hostelería, servicios turísticos, ocio y viajes.
Modelo de aceptación de la subvención 2.2: Convocatoria de subvenciones a organizaciones representativas de las empresas turísticas de la provincia de Valencia en los ámbitos del alojamiento, restauración, hostelería, servicios turísticos, ocio y viajes.

Anexo I: Declaración de Conformidad
Anexo II: Marca corporativa València Turisme
Anexo III: Cuenta justificativa

CONVOCATORIA DE AYUDAS 2021 “IMPULSEM TURISME»

CLAUSULAS GENERALES A TODAS LAS CONVOCATORIAS CLAUSULAS GENERALES Impulsem Turisme 2021

CLAUSULAS ESPECÍFICAS:

  1. Ayudas a entidades locales:
  2. Ayudas a entidades sin ánimo de lucro:

Nota aclaratoria subvenciones 2020

Bases reguladoras de las subvenciones destinadas a ayuntamientos y entidades locales menores de la provincia de València, para acciones de promoción turística encaminadas a contrarrestar los efectos negativos del Covid-19, potenciando el consumo de productos y experiencias turísticas.

Bases reguladoras de las subvenciones destinadas a asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro de la provincia de València, para acciones de promoción turística encaminadas a contrarrestar los efectos negativos del Covid-19, potenciando el consumo de productos y experiencias turísticas.

 

  • Plazo y forma de justificación.

La modalidad de justificación es la cuenta justificativa simplificada, de conformidad con el artículo 28.1.A.a) de la OGS.

  1. El plazo para ejecutar la actividad objeto de subvención estará comprendido entre el 15 de marzo y el 15 de noviembre de 2020.
  2. El plazo máximo de justificación se establece el día 30 de noviembre de 2020.
  3. En ningún caso se concederá prórroga ni del plazo de ejecución de la actividad subvencionada, ni del plazo de presentación de la justificación.
  4. Las subvenciones se harán efectivas a los beneficiarios previa presentación de los correspondientes justificantes a través de la sede electrónica de la Diputación de València: https://www.sede.dival.es/turismo/ debiendo presentar, para la aprobación de la justificación y pago de la ayuda económica, la siguiente documentación:
    a) Memoria explicativa de la actuación que acredite el cumplimiento de la finalidad de proyecto o actividad subvencionada, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos.
    b) Cuenta justificativa de la subvención, firmada por la secretaría de la entidad sin ánimo de lucro (ANEXO V) en la que se acredite que la actuación objeto de subvención se ha ejecutado en su totalidad de conformidad con las condiciones y plazos establecidos en la resolución de la concesión y en la convocatoria, donde se hará constar los datos de las facturas de las actividades subvencionadas, la relación de gastos de la totalidad del proyecto subvencionado y los ingresos o subvenciones que hayan financiado el proyecto subvencionado.
    c) Facturas y acreditación de la justificación del pago de gasto realizado, que podrá realizarse de la siguiente forma:
        1. c.1. Pagos en metálico.
          Sólo se admitirá el pago en efectivo cuando su importe no sea superior a 100 euros. La justificación del pago de dichos gastos se realizará mediante inclusión en la propia factura del Recibí con firma y sello con firma y sello del emisor. El sello deberá contener, como mínimo, el nombre y el NIF del expedidor. Queda expresamente prohibido el fraccionamiento de facturas para evitar su formalización por transferencia bancaria.
        2. c.2. Pagos bancarios.
        3. c.2.1. Transferencia bancaria.
          En caso de pago por transferencia o domiciliación en cuenta, se justificarán mediante extracto, adeudo o movimiento bancario acreditativo del cargo, deben quedar identificados en ambos casos el ordenante y el beneficiario de la operación, así como el documento justificativo o concepto del gasto que se salda, teniendo plena validez los obtenidos por vía telemática.
        4. c.2.2. Cheque nominativo o pagaré.
          En el caso de pago mediante cheque nominativo o pagaré, los documentos justificativos consistirán en la copia del cheque o pagaré y del extracto de la entidad financiera del cargo en cuenta correspondiente a la operación justificada, debiendo quedar suficientemente detallado el concepto del gasto.
        5. d)Material gráfico en el que figure la marca “València Turisme”, de conformidad con el modelo que figura en el ANEXO III a estas bases, en el que deberá constar que el proyecto ha contado con la colaboración del Patronat Provincial de Turisme de València.
        6. e) En su caso, carta de pago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así como de los intereses derivados de los mismos.
        7. f) En caso de denegación del beneficiario de la subvención para que la Diputación o sus entes dependientes puedan obtener información de la Agencia Estatal de Administración Tributaria y de la Tesorería General de la Seguridad Social relativa al cumplimiento de sus obligaciones con estos organismos, deberá adjuntar los certificados correspondientes emitidos por los mencionados organismos. Esta obligación no será exigible siempre que los certificados presentados con ocasión de la solicitud estuvieran vigentes en el momento de la justificación.

Bases reguladoras de las subvenciones destinadas a mancomunidades y asociaciones de municipios de la provincia de València, para acciones de promoción turística encaminadas a contrarrestar los efectos negativos del Covid-19, potenciando el consumo de productos y experiencias turísticas.

Convocatoria de las subvenciones destinadas a mancomunidades y asociaciones de municipios de la provincia de València, para acciones de promoción turística encaminadas a contrarrestar los efectos negativos del Covid-19, potenciando el consumo de productos y experiencias turísticas.

Concesión de las ayudas económicas destinadas a mancomunidades y asociaciones de municipios para acciones de promoción turística encaminadas a contrarrestar los efectos negativos de la COVID-19 sobre el sector turístico, potenciando el consumo de productos y experiencias turísticas en la provincia.

Ampliación del plazo de justificación de las ayudas económicas destinadas a mancomunidades y asociaciones de municipios de la provincia de València para acciones de promoción turística encaminadas a contrarrestar los efectos negativos del Covid-19 sobre el sector turístico de los municipios de la provincia, potenciando el consumo de productos y experiencias turísticas en los municipios

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